PAPELEO Y BUROCRACIA
BODA RELIGIOSA
Si decidís casaros por la Iglesia es necesario que tramitéis un Expediente matrimonial.
- Certificado de nacimiento: Se puede conseguir en El Registro Civil de tu localidad o por Internet. Te lo entregan en unos 15 días aproximadamente y tiene una validez de 6 meses.
- Partida de Bautismo: Lo podrás conseguir en la iglesia dónde te bautizaron. Si ya no existe, no te acuerdas o no estás seguro/a deberás consultar en el arzobispado de tu ciudad.
- Certificado del cursillo pre-matrimonial: Debes ir a la iglesia donde te quieres casar para poder hacerlo.
Una vez dispongáis de toda la documentación, el siguiente paso es ir al despacho parroquial (al que pertenezca uno de los 2, aunque no os caséis allí) con un testigo cada uno. Allí os preguntarán cuáles con vuestras intenciones y vuestra capacitación, a la vez que vuestros testigos dan fe de ellos.
BODA CIVIL
Si os casáis por lo civil deberéis ir al Ayuntamiento, al Juzgado o al Registro Civil donde os van a dar una instancia de matrimonio la cual deberéis rellenar y entregar junto a la documentación siguiente:
- Certificado de nacimiento: Se puede conseguir en el Registro Civil de tu localidad o por Internet. Te lo entregan en unos 15 días aproximadamente y tiene una validez de 6 meses.
- Certificado de Residencia o Empadronamiento: Debes pedirlo en la localidad en la que hayas vivido los últimos 2 años. Tiene una validez de 3 meses.
- Fotocopia del D.N.I.
- Certificado de Estado Civil: Se trata de una Declaración de Soltería. Se realiza en los juzgados.
- Certificado de Nacionalidad: Si alguno de los 2 es extranjero.
¿Régimen de gananciales o separación de bienes?
Régimen de Gananciales: Se aplica por defecto en toda España menos en Baleares, Cataluña, Aragón, Vizcaya y Navarra, no obstante se puede modificar (incluso una vez celebrada la boda).
El régimen de gananciales implica que todos los bienes que teníais antes de la boda y todos aquellos que provengan de una herencia o de alguna donación seguirán siendo de cada uno, no obstante, las propiedades, el dinero así como las deudas de después del matrimonio serán de los dos.
Separación de bienes: Aporta independencia económica a cada miembro de la pareja. Si elegís el régimen de separación de bienes implica que todos los bienes como las deudas contraídas antes y después del matrimonio serán exclusivamente de cada uno, no obstante, en cuanto a los gastos comunes del matrimonio, cada uno aportará la cantidad necesaria en proporción a sus ingresos.



